sábado, 14 de enero de 2017

NUEVO CÓDIGO NACIONAL DE POLICÍA Y CONVIVENCIA




El Presidente de la República sancionó la ley 1801 del 29 de julio de 2016, con la que se da vida jurídica al nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, documento que sin ninguna duda alguna se adapta a las nuevas situaciones y fenómenos delincuenciales y de convivencia que se viven en el país. 

Código que fue renovado luego de 45 años de vigencia, consta de 286 artículos y empezará a regir en todo el territorio nacional a partir del próximo 30 de enero de 2017.

Es por lo anterior que el día de hoy te traemos CINCO puntos claves que debes tener en cuenta para entender el precitado documento.


LO QUE BUSCA EL NUEVO CÓDIGO.

El nuevo código busca prevenir y dotar a los funcionarios activos de la Policía Nacional de Colombia, de herramientas jurídicas actuales, eficientes y eficaces que permitan cumplir a cabalidad con la misionalidad de esta importante institución, como lo es el “mantener la convivencia y seguridad ciudadana" ademas de adecuar el ejercicio del poder, función y actividad de policía de acuerdo al contexto actual”.

En pocas palabras, lo que se busca con este código es poder acoplar las normas de la Policía a las situaciones que se presentan hoy en el país, las cuales indiscutiblemente en todos los ámbitos han cambiado a comparación con las presentadas hace 45 años...

En esta nueva norma, nos define que por convivencia se entiende a la interacción pacífica, respetuosa y armónica entre las personas, con los bienes, y con el ambiente, en el marco del ordenamiento jurídico.

LOS EJES CENTRALES DE ESTA NORMATIVIDAD SON: 

a. Seguridad.
b. Tranquilidad.
c. Protección de recursos naturales y 
d. Salud pública.

MÁS ATRIBUCIONES A LA POLICÍA:

Procedimiento de requisa en la vía pública:

Al respecto el nuevo código define que la actividad de la Policía es una labor estrictamente material y no jurídica y su finalidad primordial es la de preservar y restablecer todos los comportamientos que alteren la convivencia y seguridad ciudadana.

Los agentes podrán revisar a un ciudadano siempre y cuando necesiten establecer la identidad de las personas y estas se resista a dar la documentación; o si sospechan de la fiabilidad de la identidad, además, podrán requisar a una persona para verificar si porta armas, municiones, explosivos, elementos cortantes, punzantes o contundentes.

Si se sospecha que una persona tiene un bien hurtado o extraviado, la Policía tiene todo el apoyo legal para revisarlo, igual si se sospecha que la persona tiene en su poder sustancias psicoactivas.

Además, ya no tendrán que acompañar la seguridad en eventos públicos, todo aquella persona que haga un evento con conglomeración de personas debe contratar seguridad privada para manejar a las masas.

Establece más multas y sanciones a la ciudadanía:

Las multas de carácter pecuniario se endurecieron, actualizaron y ampliaron en este nuevo código, este aspecto ha sido uno de los más criticados por la ciudadanía, pero tal vez constituirá un medio eficaz para encausar la convivencia ciudadana, como el iniciar una riña en vía pública, orinar en lugares públicos hasta el faltar al respeto a los miembros de la institución policial.



Línea de emergencia:

Quien haga uso inadecuado de la línea 123 de la Policía Nacional recibirá una amonestación de tipo económico, es decir, quien llame a dicha linea de emergencias para hacer bromas, irrespeta al operador o satura el sistema sin una causa justa será sancionado. lo anterior debido a que dicha falta de cultura ciudadana para utilizar un medio tan importante ha contribuido a que el servicio de Policía no se preste de manera eficiente.

Las multas por dicha conducta se cargarán a la factura de cobro del servicio de la línea telefónica de donde se genere la llamada.

Grafitis

Aquella persona que dibuje o ponga un grafiti en un lugar sin previa autorización deberá pagar una multa especial por contaminación visual. Además, si afecta a un monumento deberá además limpiar la pintura que usó.

Fiestas:

En cuanto a las fiestas, si usted está violando la norma y está provocando contaminación auditiva, la Policía puede desactivar la fuente de ruido que está afectando el entorno, así esto implique cortar el servicio de energía del predio.

Perros peligrosos:

Toda persona que sea dueña de un perro catalogado como peligroso deberá tener una póliza de responsabilidad civil extra contractual (la cual responde por daños materiales y lesiones personales causados a terceros) y deberá pasear al animal con un bozal. Si la persona no cumple con estos requisitos será multada.

Los perros considerados peligrosos en Colombia son los de las siguientes razas o cruces: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, de presa canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Tosa Japonés.

USO DE LA FUERZA POR PARTE DE LA POLICÍA:

En la norma se establece que el uso de la fuerza debe ser el “último recurso físico” para proteger la vida e integridad física de las personas. El código especifica que las autoridades pueden acudir al uso de la fuerza para prevenir actos que interrumpan la convivencia y hacer cumplir las medidas correctivas planteadas en el código. Es decir, que la Policía puede intervenir cuando considere que se presenta una situación que puede llegar a poner en riesgo la tranquilidad de los ciudadanos, también para someter a una persona si esta no quiere cumplir una sanción puesta por las autoridades.

Si los uniformados deben defenderse o defender a otra persona de actos violentos, la norma permite que se use la fuerza.

Aunque la ley cobija a las autoridades en estos casos, estás deben usar los medios de fuerza que menos lesivos para las personas y/o bienes.

INGRESO A INMUEBLE SIN ORDEN JUDICIAL:

Por la controversia generada sobre este aparte, ya que dicha facultad dada a los Policías para ingresar a un inmueble sin orden judicial ha sido una de las novedades más criticadas, dicha facultad fue revisada por la Corte Constitucional y permitida teniendo en cuenta los derechos de la Constitución Política de 1991, en donde se prioriza la necesidad de resguardar la vida, un derecho más importante que la vulneración de la propiedad privada. 

Los Policías pueden hacer uso de dicha facultad cuando se presenten las siguientes circunstancias:

1. Para socorrer a alguien que de alguna manera pida auxilio.

2. Para Extinguir incendio o evitar su propagación o remediar inundación o conjurar cualquier otra situación similar de peligro.

3. Para dar caza a animal rabiosos o feroz.

4. Para proteger los bienes de personas ausentes, cuando se descubra que un extraño ha penetrado violentamente o por cualquier otro medio al domicilio de estas personas.

5. Cuando desde el interior de una casa o edificio se proceda por la vía de hecho contra persona o propiedad que se halle fuera de éstos.

6. Para proteger la vida e integridad de las personas, si en el interior del inmueble o domicilio se están manipulando o usando fuegos pirotécnicos, juegos artificiales, pólvora o globos sin el debido cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley.



HUNTER, el mejor servicio, siempre !!!...

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